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miércoles, 14 de noviembre de 2012

QUE SE JODA, POR CONCHUDA


por Paula Provenzano

Tendríamos que ponernos a pensar por qué se niega el derecho al aborto a las mujeres. Si vamos al Código Penal de la República Argentina, encontramos que en dos casos esta práctica no es punible (no recibe castigo): “si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios” (Artículo 86, inciso 1°); o si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente…” (inciso 2° del mismo artículo). Lo primero que nos dicen estas palabras es que la ley penal en este caso, dentro de los que se consideran delitos contra la vida, aparece una vez consumado el hecho. Recién una vez que se cometa el delito, aparece la pena o se exime de ella. Y lo segundo que parecen decirnos, es que habría un consenso en que a las mujeres se las perdonará al cometer ese delito cuando haya sido para salvar su vida (aquí evidentemente entendida como meramente biológica, como si pudiera pensarse una vida por fuera de lo simbólico) o cuando ese embarazo haya sido producto de una violación. Es decir, y para que quede claro, que la ley penal de preventiva no tiene nada. Con respecto a este último punto, fue necesario que fallara la Corte Suprema de Justicia para echar un poco de luz a una controversia histórica sobre el CP estableciendo un único criterio interpretativo: toda mujer violada puede acceder a un aborto sin requerir ninguna clase de autorización judicial ni trámite burocrático. La redacción del Código contaba con algunas interpretaciones que lo acotaban discriminatoriamente a mujeres que padecen una discapacidad mental (si de derechos de las mujeres se trata, y sobre todo de obstaculizarlos, la ausencia o presencia de una coma puede cobrar vital importancia).

¿Por qué socialmente hay mayor consenso en permitir abortar a una mujer que queda embarazada producto de una violación que a una mujer que sufre un embarazo provocado por otros motivos como puede ser un olvido o una falla, si se comparten las premisas de que el embarazo no fue deseado, que no se desea continuarlo, y que habría una persona para quienes consideran que ya existe persona  en un óvulo fecundado?
Y ahí aparece la frase por antonomasia: “si le gustó abrir las piernas que se joda, que se joda por conchuda”. Es muy común pensar a la mujer como ángel o demonio, como puta o santa, como buena o mala. La visión maniquea, el blanco o negro, que borra nuestros rasgos más humanos. “Conchuda” es un término que hace referencia a un tamaño desmedido de los órganos genitales femeninos, y por ende, a las posibilidades de sentir placer. Una conchuda es una mala mujer. Es tanto la que goza sin pudores, como la que atrae al hombre, lo atrapa y lo devora. En la repartija social de atributos y roles, los varones se consiguieron –o deberán hacerlo- las armas de la conquista, la iniciativa sexual y una virilidad que debe todo el tiempo ser reafirmada, mientras que las mujeres debemos resistir la seducción, resistir la tentación. Cuando no se pueda reprimir ese deseo, una se abandonaría al varón, de modo que quien no lo hace, pasa a ser considera así una mujer virtuosa.
Una mujer que es conchuda es la que disfruta del placer sexual, y eso no está bien. Porque los varones son los que naturalmente se ganaron el derecho al goce. A través de una naturaleza mentirosa se establece que son ellos los legítimos para gozar, porque tienen una necesidad natural. Pero paradójicamente nunca se hace referencia al rol del varón en los embarazos no deseados que no son producto de una violación. Porque en todo caso ser fecundante está bien, ser procreador, muestra última del poder del semen, asociado con una actividad sexual permanente, constante, con iniciativa.
La conchuda es la que no hizo de su sexualidad genital una pena, la que disfruta. Otra vez, ¿por qué hay más consenso social en permitirle a una mujer interrumpir un embarazo que fue producto de una violación? Porque aquí no debe haber castigo, porque ella no gozó, no lo disfrutó, no deseó a un varón, no deseó ser penetrada y sentir placer en ello. De todas formas, tampoco es tan sencillo que vean garantizado este derecho aún en estos casos: por supuesto deberá tener que probarlo. Cuando el fallo de la CSJ establecía que sólo bastaba una declaración jurada, salieron a decir “las mujeres mentirán y así se realizarán abortos ‘de arriba’”, como si fuese posible concebir la idea de “estoy embarazada y estoy aburrida, ¿me compro un helado? No, mejor me hago un aborto.” Es tan inverosímil, tan falto de sentido común humano.
Incluso para con las mujeres violadas se espera que se consagren a sufrir toda la vida por lo que les pasó, si lo superan es que están endemoniadas. Como sociedad necesitamos dibujar mujeres que queden completamente a merced de otro para justificar que sean consideradas una víctima.
La consigna parecería ser “si sentiste placer, jodete, jodete por conchuda, recibí tu merecido castigo”. Pero mientras los embarazos no deseados sigan siendo una cuestión de mujeres poseídas por el demonio y la posibilidad de decidir le siga siendo clausurada,  mientras sigamos pensando en Evas y Marías, sólo seguiremos reproduciendo clandestinidad, negocio y muerte, soledad, desigualdad e injusticia.

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